Alta en SES Hospedajes paso a paso: del certificado a las credenciales
Son dos altas distintas y se confunden todo el rato: la del sujeto obligado con sus establecimientos y la del usuario del servicio web. Qué hace falta para cada una.
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Casi todos los atascos que hemos visto dando de alta a un cliente en SES Hospedajes vienen del mismo malentendido: creer que el alta es una. Son dos, ocurren en sitios distintos y una no sirve de nada sin la otra.
- El alta del sujeto obligado y sus establecimientos, en la Sede Electrónica del Ministerio del Interior. Es la que te convierte en alguien que puede comunicar.
- El usuario del servicio web, que es lo que necesita un programa para enviar por su cuenta. Sin esto tienes obligación pero no tienes cómo cumplirla de forma automática.
Mucha gente completa la primera, ve su establecimiento en el portal, da por terminado el trámite y descubre semanas después —normalmente el día de la primera integración— que le falta la mitad.
Lo que hace falta antes de empezar
El trámite es telemático de principio a fin, así que lo primero es poder identificarte electrónicamente. Sin esto no se pasa de la primera pantalla:
- Certificado digital o Cl@ve de la persona física o de la empresa que va a figurar como sujeto obligado.
- Datos fiscales de esa persona o empresa: NIF/CIF, denominación y domicilio.
- Datos de cada inmueble o establecimiento: dirección completa y, cuando proceda, su número de registro turístico autonómico.
El alta, paso a paso
- Entrar en el módulo de registro de la Sede Electrónica del Ministerio del Interior, identificándote con el certificado o Cl@ve.
- Declarar los datos del sujeto obligado. Aquí se distingue si ejerces la actividad de forma profesional o no, y los datos que se piden cambian en consecuencia.
- Dar de alta cada establecimiento o inmueble. Se declaran uno a uno; un gestor con veinte pisos los declara veinte veces.
- Solicitar el acceso al servicio web, que es el paso que casi nadie espera. De aquí salen las credenciales que usará tu sistema.
Los tres primeros pasos son los que el propio Real Decreto llama comunicación previa al inicio de la actividad, y tienen su propio plazo: un máximo de diez días desde que completas los trámites administrativos para operar.
Qué identificador sale de cada paso
Es la parte que más confusión genera, porque son tres cosas distintas con nombres parecidos y se piden en momentos distintos.
| Identificador | De dónde sale | Para qué sirve |
|---|---|---|
codigoArrendador | Lo asigna el Sistema de Hospedajes al registrarte | Te identifica de forma única como titular. Va en la cabecera de cada envío. |
| Código de establecimiento | Uno por inmueble declarado | Dice a qué alojamiento pertenece el parte. |
| Usuario y contraseña del servicio web | De la solicitud de acceso al web service | Autentican cada llamada al servicio. No son las de la Sede Electrónica. |
Hay un cuarto valor, aplicacion, que no te lo dan: lo eliges tú. Es el nombre del sistema desde el que se lanza la petición, y viaja en la cabecera junto al código de arrendador. Sirve para saber, mirando un envío, qué lo originó.
Las dos sorpresas del final
No hay entorno de pruebas
No existe un sandbox al que apuntar mientras desarrollas. La primera llamada que hagas con tus credenciales va contra el sistema real, y un parte enviado por error es un parte comunicado. Conviene verificar el código de arrendador y el usuario antes de escribir la primera línea, no después.
Por eso nuestra API tiene un endpoint que solo prueba credenciales: lanza una llamada real y te dice si entran, cubriendo usuario, contraseña, endpoint y TLS de una vez. Está en la documentación de credenciales SES.
El formato no es el que esperas
Cuando por fin tienes las credenciales, lo que hay detrás no es una API REST: es un servicio SOAP que recibe XML comprimido en ZIP y codificado en Base64, y que procesa por lotes de forma asíncrona. Es decir, que aceptar un envío y aceptar su contenido son dos cosas distintas y ocurren en momentos distintos. Lo contamos entero en cómo integrar SES Hospedajes con tu PMS.
Si tus alojamientos están en Cataluña o el País Vasco
Este alta no te sirve. Esas dos comunidades tienen policía propia competente en la materia y sus propios canales, con sus propias credenciales por establecimiento. Los detalles, en el registro de viajeros en Cataluña.
Fuentes
- Real Decreto 933/2021 — artículo
6, sobre la comunicación previa y sus plazos. - Especificación del Servicio de Comunicación de Hospedajes del Ministerio del Interior (MIR-HOSPE-DSI-WS), de donde salen la cabecera y los identificadores.
Kinapi comunica el parte por ti
El huésped se registra desde su móvil con los datos ya validados, firma el contrato y Kinapi transmite el parte a SES Hospedajes. 0,50 € por reserva comunicada, sin cuotas.